ANUNCIO del Ayuntamiento de Calatayud, relativo a modificación artículo 17.1 ordenanza municipal Auto-Taxi.
ANUNCIO del Ayuntamiento de Calatayud, relativo a modificación artículo 17.1 ordenanza municipal Auto-Taxi.
El Pleno del Ayuntamiento de Calatayud, en sesión de 25.04.03, ha aprobado definitivamente la modificación del art. 17.1 de la ordenanza municipal de auto-taxi, suprimiendo el requisito de empadronamiento, el cual queda redactado del siguiente tenor literal:
Art. 17.1 Podrán solicitar licencia municipal de auto-taxi las personas físicas, mayores de edad, nacionales de un país de la Unión Europea que se encuentren en posesión del permiso de conducción de la clase y con las condiciones que exija la legislación vigente para conducir turismos destinados al transporte público de viajeros.
Lo que se publica a los efectos de lo dispuesto en el art. 133 del Decreto 347/2002, del Gobierno de Aragón.
Calatayud a 2 de mayo de 2003.-El Alcalde.